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Aprueba NáuticaSimulacro

Atribuciones de los títulos náuticos de recreo

Cada título permite gobernar embarcaciones de recreo hasta una eslora y una distancia. Las atribuciones básicas vienen con el título y son siempre para embarcaciones a motor. La vela y algunas ampliaciones son atribuciones complementarias: se consiguen haciendo unas prácticas voluntarias, antes o después de tener el título.

TítuloMotorVelaZona de navegación
Sin título (desde el 1 de octubre de 2026)Hasta 5 m y 15 CV de potencia nominal, sin reductor de potencia (uso privado)Hasta 6 m (uso deportivo)Hasta 2 millas del puerto, marina o playa de salida, solo de día
Licencia de navegaciónHasta 6 m, con la potencia adecuada según el fabricante, y motos náuticasHasta 6 mHasta 2 millas de un puerto, marina o lugar de abrigo, solo de día
Patrón para Navegación Básica (PNB)Hasta 8 m, y motos náuticasHasta 8 m, con las prácticas de velaHasta 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo
Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)Hasta 15 m, y motos náuticasHasta 15 m, con las prácticas de velaHasta 12 millas de la costa y entre islas de Baleares y de Canarias
Patrón de Yate (PY)Hasta 24 m, y motos náuticasHasta 24 m, con las prácticas de velaHasta 150 millas de la costa
Capitán de Yate (CY)Hasta 24 m, y motos náuticasHasta 24 m, con las prácticas de velaSin límites geográficos

Las motos náuticas, con cualquier título, se llevan dentro de los límites de navegación propios de cada moto según sus características técnicas.

Ampliaciones del PER

El PER es el título con más atribuciones complementarias. Además de las básicas, puede tener:

El reglamento solo prevé dos prácticas para las atribuciones complementarias: las de vela (anexo V) y las de navegación (anexo VI). Las de navegación son las que habilitan para ir de la Península a Baleares, según la propia definición del real decreto. Las ampliaciones a motor hasta 24 metros no son de vela, de modo que corresponden a las de navegación; para la vela hasta 24 metros hacen falta las dos, que se pueden hacer juntas (48 horas, 8 de ellas de noche).

Las prácticas de vela se hacen una sola vez y valen para cualquier título: si las hiciste con el PNB, te sirven para la vela del PER, el Patrón de Yate y el Capitán de Yate. Duración y forma de cada práctica, en la guía para sacarse el PER.

Cómo se mide la eslora

Es la eslora del casco. Incluye las partes estructurales (roda, popa, amuradas) pero no las piezas que se pueden desmontar sin dañar la estructura, como palos, plataformas de baño, timones o soportes del motor. En las embarcaciones con marcado CE es la eslora del casco que figura en su declaración de conformidad.

Límites comunes a todos los títulos

Navegar sin título y licencia de navegación

Desde el 1 de octubre de 2026 cambian las embarcaciones que se pueden llevar sin título: lo explicamos en navegar sin título. La licencia de navegación no es un título: la expiden las escuelas náuticas y las federaciones de vela y motonáutica tras una formación corta, y permite llevar embarcaciones de hasta 6 metros y motos náuticas.

Exámenes de cada título

Otras guías